REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
193º y 145º
Los Teques, 12 de mayo de 2004.
Vista el acta levantada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha veintiséis (26) de abril de 2004, cursante a los folios siete (07) al nueve (09) del presente cuaderno de medidas, en la cual las partes realizaron un convenimiento al momento de practicarse la medida decretada por este Despacho, en la que convinieron de mutuo y común acuerdo en dar por terminado el presente proceso con las condiciones allí establecidas. Este Tribunal en consecuencia, HOMOLOGA el convenimiento celebrado entre las partes litigantes, le da carácter de cosa juzgada, y una vez conste en autos el pago ofrecido dará por terminado el presente procedimiento y en consecuencia se ordenará el archivo del presente expediente.
EL JUEZ.
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA.
Exp Nº 14314
VJGJ/Jenny