REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145 °
Vista la diligencia de fecha 11 de mayo de 2004, estampada por el ciudadano OCTAVIO AGUSTIN HERNANDEZ MADRIZ, asistido por el abogado RAMON INFANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.558, mediante la cual solicita copia certificada del presente expediente del folio 1 al 56, así como del auto que recaiga sobre lo solicitado, este Tribunal ordena expedir por Secretaría, copia certificada solicitadas, así como de la diligencia y del presente auto. Las certificaciones se hacen de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos.- Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
--En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth
EXP. N° E-1808
Quien suscribe abogado RICHARS MATA Secretario de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que la anterior fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en el presente expediente signado con el N° E-1808, ante este Tribunal, con motivo de ENTREGA MATERIAL sigue por el ciudadano OCTAVIO HERNANDEZ contra LA FUNDACION AYUDA PARA LA FAMILIA, actuaciones que fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA