REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 14 de mayo de dos mil cuatro.

194º y 145º

Por cuanto han sido consignados los fotostatos respectivos, se ordena librar la compulsa de citación correspondiente.- CUMPLASE

EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO
VJGJ/rosa*
Exp. Nº14405












El suscrito secretario del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. certifica que: los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exactos de sus originales que corren insertos al expediente signado con el No.14405, contentivo del juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por el ciudadano: TOMAS RAMOS DIAZ, contra el ciudadano: JOSE DOS RAMOS DA SILVA, los cuales fueron autorizados por el juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y articulo 1o. de la Ley de Sellos. Los Teques, 14 de mayo de dos mil cuatro.

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 14 de mayo de dos mil cuatro.

194º y 145º

SE HACE SABER:
Al ciudadano: JOSE DOS RAMOS DA SILVA, titular de la cédula de identidad Nº5.599.429, parte demandada en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por el ciudadano: TOMAS RAMOS DIAZ, el cual se sustancia en el expediente signado con el No.14405, que debe comparecer por ante este Tribunal en el segundo (2º) día de despacho siguiente a su citación y contados a partir de que conste en autos las resultas de tal actuación; a cualquier hora de las fijadas en la tablilla del Tribunal para el despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. hasta la 1:30 p.m., a objeto de que CONTESTE LA DEMANDA.
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/rosa*
Exp.No.14405