REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, diecisiete (17) de mayo de dos mil cuatro (2004).-

194º y 145º


Por cuanto fueron consignados los fotostatos correspondientes, se ordena librar las compulsas ordenadas en el auto de admisión.-
EL JUEZ,


DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA.
VGJ/lisbeth
Exp. No 14325









El suscrito. ABOG. RICHARS MATA. Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslados fiel y exacto de sus originales que cursan en el expediente No. 14325 contentivo del juicio que por VENTA CON PACTO DE RETRACTO es seguido por MOUNIR YUSSIF NASSIF contra ANTONIO CASIELLO ZORRICELLI Y ADELINA SARABIA DE CASIELLO. Las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, diecisiete (17) de mayo del dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de mayo del dos mil cuatro (2004).

194º y 145º
SE HACE SABER: Al ciudadano ANTONIO CASIELLO ZORRICELLI, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.876.398, que en el juicio que por VENTA CON PACTO DE RETRACTO es seguido por el ciudadano MOUNIR YUSSIF NASSIF en su contra, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho, siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del último de los demandados, a fin de dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo. Dará recibo al Alguacil en prueba de haber sido citado.
EL JUEZ

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.

VGJ/lisbeth
Exp.14325.



























El suscrito. ABOG. RICHARS MATA. Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslados fiel y exacto de sus originales que cursan en el expediente No. 14325 contentivo del juicio que por VENTA CON PACTO DE RETRACTO es seguido por MOUNIR YUSSIF NASSIF contra ANTONIO CASIELLO ZORRICELLI Y ADELINA SARABIA DE CASIELLO. Las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, diecisiete (17) de mayo del dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de mayo del dos mil cuatro (2004).

194º y 145º

SE HACE SABER: A la ciudadana ADELINA SARABIA DE CASIELLO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.802.623, que en el juicio que por VENTA CON PACTO DE RETRACTO es seguido por el ciudadano MOUNIR YUSSIF NASSIF en su contra, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho, siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del último de los demandados, a fin de dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo. Dará recibo al Alguacil en prueba de haber sido citado.
EL JUEZ

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.

VGJ/lisbeth
Exp.14325.