REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDIOCIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vista la diligencia que corre inserta al folio quince (15) del presente expediente, suscrita por la Doctora NELIDA VILORIA, en su carácter de FISCAL UNDECIMO DEL MINISTERIO PUBLICO, mediante la cual solicitó al Tribunal se sirva nombrar dos facultativos a fin de que examinen al notado de demencia y fije oportunidad para que rindan declaración cuatro parientes o amigos del presunto notado de demencia, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia: PRIMERO: Conforme a lo establecido en el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil designa como expertos médicos a los psiquiatras FRANSCISCO VERDE y ALBERTO AYESTERAN, a quienes se ordena notificar mediante boleta, a fin de que comparezcan el Segundo (2°) día de despacho siguiente a su notificación y acepten el cargo para lo cual fueron designados o se excusen del mismo, y en el primero de los casos presten el juramento de Ley y SEGUNDO: Que revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se observa que no consta de autos el nombramiento por parte del solicitante de cuatro (4) parientes inmediatos o amigos, conforme a lo establecido en el artículo 396 del Código de Procedimiento Civil, cuyo texto es del siguiente tenor:
Artículo 396: “La interdicción no se declarará sin haberse interrogado a la persona de quien se trate, y oído a cuatro de sus parientes inmediatos y en defecto de estos amigos de la familia”.-
Ahora bien, no consta de autos que dichos parientes o amigos hayan sido nombrados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal exhorta a la misma a presentar cuatro (4) parientes inmediatos o amigos para que tenga lugar la oportunidad para que rindan el interrogatorio conforme a lo establecido en el artículo 396 ut supra indicado y así se decide. LIBRENSE BOLETAS DE NOTIFICACION. CUMPLASE.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
EL SECRETARIO
EXP N° 14331
VJGJ/Jenny.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques.-
Los Teques, 17 de mayo de 2004.-
194° y 145°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al Doctor FRANCISCO VERDE, médico psiquiatra, que por ante este Tribunal cursa solicitud de INTERDICCIÓN presentada por el ciudadano NICOLAS RAMON ASCANIO INFANTE, el cual se sustancia en el Expediente N° 14331, que ha sido designado EXPERTO MEDICO en el presente procedimiento y deberá comparecer por ante este Tribunal el Segundo (2°) día de despacho siguiente a su notificación, a fin de que acepte el cargo o se excuse del mismo, y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.-
Firmará al pie de la presente boleta de notificación en prueba de haber sido notificado, por el Alguacil del Tribunal.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
NOTIFICADO:________________
FECHA:______________________
LUGAR____________________
HORA:_____________________
EXP N° 14331
VJGJ/Jenny.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques.-
Los Teques, 17 de mayo de 2004.-
194° y 145°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al Doctor ALBERTO AYESTERAN, médico psiquiatra, que por ante este Tribunal cursa solicitud de INTERDICCIÓN presentada por el ciudadano NICOLAS RAMON ASCANIO INFANTE, el cual se sustancia en el Expediente N° 14331, que ha sido designado EXPERTO MEDICO en el presente procedimiento y deberá comparecer por ante este Tribunal el Segundo (2°) día de despacho siguiente a su notificación, a fin de que acepte el cargo o se excuse del mismo, y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.-
Firmará al pie de la presente boleta de notificación en prueba de haber sido notificado, por el Alguacil del Tribunal.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
NOTIFICADO:________________
FECHA:______________________
LUGAR____________________
HORA:_____________________
EXP N° 14331
VJGJ/Jenny.-