REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPICON JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de mayo de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°
Recibida la anterior demanda procedente del sistema de distribución de causas y correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal presentada por el abogado ALBERTO RIVAS ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.552, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana AGOSTINHA GONCALVES DE RODRIGUEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 6.073.566, désele entrada en el Libro de Causas bajo el N° 14453. Por cuanto en la misma no se observan causales de inadmisibilidad especificas y/o genéricas de las indicadas en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden público, ni a las buenas costumbres. En consecuencia, emplácese a la parte demandada ciudadano GIL ALBERTO PINTO DIAZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N°. V.- 1.787.308, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los VEINTE (20) días de despacho siguientes a su citación, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsese el libelo de la demanda y con su auto de comparecencia, se ordena entregar al Alguacil a los fines de practicar tales actuaciones. CUMPLASE.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO

ABG. RCIHARS MATA

NOTA: En la misma fecha no se dio cumplimento a lo ordenado, por cuanto faltan fotostatos para proveer.-

EL SECRETARIO



EXP N° 14453
VJGJ/Jenny.-