REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de mayo del dos mil cuatro.
194º y 144º
Vista la diligencia anterior de fecha 28 de abril de 2004, estampada por la abogada YUMILI ACUÑA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se comisione al Juzgado del Municipio Zamora del Estado Miranda, a los fines de que se realice el emplazamiento del demandado, este Tribunal lo acuerda y ordena librar Comisión al Juzgado del Municipio Zamora del Estado Miranda, remitiéndole junto con oficio la compulsa respectiva. Librese compulsa, oficio y comisión.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14379
El suscrito, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente Nº 14379, seguido en el juicio de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por la ciudadana MASSIEL URBINA FINOL contra HESLER ENRIQUE BELISARIO. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, tres (03) de mayo del dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de mayo del dos mil cuatro (2004).
194° y 145º
SE HACE SABER: Al ciudadano HESLER ENRIQUE BELISARIO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.690.609 parte demandada el juicio de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue MASSIEL URBINA FINOL que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, más un (1) día de término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14379
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 03 de mayo del 2004.
194º y 145º
OFICIO Nº 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DE MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted; a fin de remitirle anexo al presente oficio, comisión que se le ha sido conferida, a los fines de que se practique la citación de la parte demandada ciudadano HESLER ENRIQUE BELISARIO en el juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue MASSIEL URBINA FINOL según expediente Nº 14379. Estimándosele que una vez cumplida la misma se devuelva original con sus resultas.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14379
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue ante este Tribunal la ciudadana MASSIEL URBINA FINOL contra el ciudadano HESLER ENRIQUE BELISARIO ESPINOZA que se sustancia en el Expediente Nº 14379, Ud., ha sido suficientemente comisionado para que practique la citación de la parte demandada, HESLER ENRIQUE BELISARIO ESPINOZA en la Electricidad Guarenas, Guatire, Carretera Nacional, frente al Centro Comercial El Refugio, Oficina de Grandes Consumidores, Estado Miranda, y a tal efecto se le remite compulsa.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderado judicial a la abogada YUMILI ACUÑA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado el Nº 76.452.
Que la parte demandada no tiene apoderado judicial debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolverla original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los tres (03) días del mes de mayo del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 14379