REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
193º y 145º
En el día de hoy, cuatro (04) de mayo de dos mil cuatro (2004), siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), en la sede del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Constitucional con motivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana MIRIAM ESPERANZA RODRIGUEZ PASTORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.827.124, debidamente asistida por el abogado en ejercicio FRANCISCO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.413, contra la Junta de Condominio RESIDENCIAS BOSQUE ALEGRE TORRE A, integrada por los ciudadanos SIRIA ORTIZ, ISABEL JAIMES, VILMA PINEDA, BLANCA ESPIN, MILDRE SALIN, MARIA ROJAS y DARIO LOPEZ. Se constituye el Tribunal en la persona de su Juez Titular, DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES, el Secretario, Abg. RICHARS MATA, y el Alguacil, ciudadano RUBEN ROSALES, quien anunció dicho acto a las puertas del Tribunal en la forma de Ley, encontrándose presente por una parte, la ciudadana MIRIAN ESPERANZA RODRIGUEZ PATORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.827.124, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MIGUEL DE JESUS RODRIGUEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.146. Se deja constancia que ni la parte presuntamente agraviante ni la representación Fiscal se hicieron presentes. Acto seguido procede el ciudadano Juez a dar una breve exposición en cuanto a la audiencia que se está realizando e indica la forma como se desarrollará la misma, por lo que se le concede a la parte accionante un lapso de diez (10) minutos para hacer su exposición, y el mismo tiempo para la parte accionada; a continuación cada parte tendrá un lapso de cinco (5) minutos para la réplica y contrarréplica. De seguidas hizo su exposición la parte accionante, en la cual ratificó los argumentos expuestos en su solicitud, por lo que solicitó que se le restituya la situación jurídica infringida, de igual modo procedió a consignar recaudos constante de ocho (8) folios útiles. Terminada la exposición realizadas por la parte, el Tribunal ordena agregar a los autos los recaudos consignados por la parte accionante. Seguidamente el Tribunal en vista de la complejidad del asunto y de los documentos aportados por la parte accionante difiere la oportunidad para dictar sentencia para uno de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA ACCIONANTE,
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA