REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, cuatro (4) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194° Y 145°
Recibida como ha sido la anterior demanda, del sistema de distribución de causas y correspondiéndole a éste Juzgado conocer la misma, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 14419, y agregar a los autos los recaudos consignados y por cuanto de la lectura del escrito libelar se observa que no señala los interés moratorios reclamados, este Tribunal a tenor de lo establecido en el ordinal 4° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil, ordena al demandante la corrección del libelo, absteniéndose entre tanto de proveer lo solicitado. Cúmplase.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP. N° 14419