REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 26 de mayo de 2004
193° y 145°



Causa N° 2C1844/00

Visto el escrito presentado por la Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ en su carácter de Defensora Publica Penal del/la ciudadano (a) GUERRA SERGIO ENRIQUE, AVILA RAMOS DAVID RAMON, BOGAN SALAZAR CARLOS EDUARDO, MATERANO JOSE GREGORIO, PAREDES LOPEZ JUAN CARLOS Y PAREDES LOPEZ FRANCISCO, por medio del cual solicita el archivo de las actuaciones de conformidad con lo previsto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal antes de decidir previamente observa:
De los autos se desprende que fecha 19/11/01 este Tribunal de Control N° 2 fijó un plazo prudencial de treinta días al Representante del Ministerio Público, a los fines de que concluya la investigación, señalándole que vencido dicho lapso, empezara a transcurrir un plazo de treinta (30) días para que la representación fiscal presente escrito acusatorio, o solicite el sobreseimiento de la causa, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 314 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
En el presente caso se puede evidenciar que se encuentran vencidos los lapsos fijados, los cuales están previstos en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal y el Fiscal del Ministerio Público no presento acusación ni solicito el sobreseimiento de la presente causa, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL ARCHIVO de las presentes actuaciones, lo que implica el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, así como la condición de imputado del mencionado ciudadano, todo de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.




DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por mandato expreso de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud de la Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ en su carácter de Defensora Pública de los ciudadanos GUERRA SERGIO ENRIQUE, AVILA RAMOS DAVID RAMON, BOGAN SALAZAR CARLOS EDUARDO, MATERANO JOSE GREGORIO, PAREDES LOPEZ JUAN CARLOS Y PAREDES LOPEZ FRANCISCO, en consecuencia decreta el archivo de las actuaciones en la presente causa y con ello el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta y la condición de imputado, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Diarícese, Publíquese, Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez

ROSA AMARISTA DE OROPEZA

La Secretaria

HILDA OROPEZA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria

HILDA OROPEZA


RAO/HO/angela.-
CAUSA 2C1844/00