REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 04 de mayo de 2004
193° y 145°
Juez: Dra. ROSA AMARISTA DE OROPEZA
Fiscal: Dr. CIRO CAMERLINGO, Fiscal Auxiliar
Tercero del Ministerio Público.
Defensor: MERCEDES ADRIAN ALVAREZ
Imputado: JEAN CARLOS ESPINOZA RIVERO
Secretaria: HILDA OROPEZA.
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califican los hechos como flagrantes de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 372 y 373 ejusdem. SEGUNDO: Se acuerda imponer al ciudadano JEAN CARLOS ESPINOZA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 16.889.991, plenamente identificados en autos las medidas cautelares sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 2°, 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, diarícese.
La Juez
ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria
HILDA OROPEZA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.
La Secretaria
HILDA OROPEZA
Causa N° 2C33054/04
RAO/HO/angela.-