REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 26 de Mayo de 2004
193° Y 144°

CAUSA N° 2M751-04

Visto el escrito presentado por el Ingeniero RICHARD DE ABREU M., en su carácter de Presidente de la Empresa AB & 3R INGENIEROS, C .A. , y superior inmediato del ciudadano JOSE MANUEL PALMERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 10.546.604, quien fue designado para ejercer funciones de Escabino en la presente causa signada con el N° 2M751-04 , seguida en contra del ciudadano CONRADO DOMINGUEZ FERNANDO RAFAEL, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE CONTINUIDAD, mediante el cual presentan las excusas por ante este Despacho para que el ciudadano identificado anteriormente y empleado de su Empresa ejerza su función de Escabino, este Tribunal a efectos de emitir su pronunciamiento, observa:


UNICO: Es recibido por ante este Juzgado, escrito contentivo de excusa para ejercer la función de Escabino, presentada por el ciudadano RICHARD DE ABREU M, PRESIDENTE DE LA EMPRESA AB & 3R INGENIEROS C. A. Superior inmediato del ciudadano JOSE MANUEL PALERMO HERNANDEZ, venezolano,.mayor de edad , titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.546.604 quien fue designado para ejercer funciones de Escabino en la presente causa signada con N° 2M751-04, quien expone: …” Respetuosamente, solicitamos ante usted nuestras excusas a la asistencia en la citada causa, ya que dada la responsabilidad del cargo que desempeña y la ubicación física de la obra; se le hace muy difícil su traslado a su sede; no contando con personal que lo pueda sustituir en el lapso de tiempo de su ausencia. Asimismo queremos informarle que dicho empleado ha asistido como escabino a una causa seguida realizada en el año 2001 para la cual anexamos copia del Certificado de participación; la cual su ausencia causo perdidas irreparables a la empresa.”

DEL DERECHO


En razón de lo alegado por el ciudadano RICHARD DE ABREU M., PRESIDENTE DE LA EMPRESA AB & 3R INGENIEROS, Superior inmediato del ciudadano JOSE MANUEL PALMERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.546.604, quien fue designado para ejercer funciones de Escabino en la presente causa signada con el N° 2M751-04, considera esta juzgadora necesario transcribir el contenido del artículo 154 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Artículo 154. Causales de excusa. Podrán excusarse para actuar como escabino:

1. Los que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación;

2. Los que realicen trabajos de relevante interés general, cuya sustitución originaria importantes perjuicios;


MOTIVACIONES PARA DECIDIR

Ahora bien, una vez analizada la presente solicitud, este Tribunal, a los fines de dictar decisión hace la siguiente consideración:

En correspondencia con la norma antes trascrita, observa este Juzgado que lo manifestado por el ciudadano RICHARD DE ABREU M, PRESIDENTE DE LA EMPRESA AB & 3R INGENIEROS, C. A ., Superior inmediato del ciudadano JOSE MANUEL PALMERO HERNANDEZ, venezolano,.mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.546.604, constituye causal de excusa para tal fin, específicamente la contenida en los numerales 1 y 2 del artículo 154 del Código Adjetivo Penal, por cuanto ha alegado …” Respetuosamente, solicitamos ante usted nuestras excusas a la asistencia en la citada causa, ya que dada la responsabilidad del cargo que desempeña y la ubicación física de la obra; se le hace muy difícil su traslado a su sede; no contando con personal que lo pueda sustituir en el lapso de tiempo de su ausencia. Asimismo queremos informarle que dicho empleado ha asistido como escabino a una causa seguida realizada en el año 2001 para la cual anexamos copia del certificado de participación; la cual su ausencia causo perdidas irreparables a la empresa.”, por lo que a criterio de quien aquí decide, lo procedente y ajustado a derecho es ACEPTAR la solicitud de Excusa para ejercer funciones de escabino presentada por el ciudadano RICHARD DE ABREU M., PRESIDENTE DE LA EMPRESA AB & 3R INGENIEROS, C. A., Superior inmediato del ciudadano JOSE MANUEL PALMERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.546.604 . Y ASÍ SE DECIDE.
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DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de juicio, por mandato expreso de la Ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, emite el siguiente pronunciamiento: Se ACEPTA la solicitud de Excusa para ejercer funciones de Escabino, presentada por el ciudadano RICHARD DE ABREU M., PRESIDENTE DE LA EMPRESA AB & 3R INGENIEROS, C. A., en su carácter de Superior inmediato del ciudadano JOSE MANUEL PALMERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.546.604 de conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese, Déjese copia autorizada, Diarícese, Notifíquese al solicitante, Cúmplase.

LA JUEZ


Dra. REYNA DAYOUB ELIAS
LA SECRETARIA

Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.


LA SECRETARIA

Causa 2M751/04
RDE/vzv.-