REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

LOS TEQUES, 13 DE MAYO DE 2.004
194° y 145°

DISPOSITIVA

Por las consideraciones antes indicadas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: PRIMERO: DECLARAR con lugar la solicitud de imposición de medida cautelar, interpuesta por la Fiscal del Ministerio Público al imputado _______________, ampliamente identificado en autos anteriores y le impone la prevista en el artículo 582 literales “c, d y f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente la primera en cumplir presentaciones cada ocho (08) días, ante la Oficina de la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de este Circunscripción Judicial, a partir del día viernes 14 de mayo del presente año, la segunda, prohibición de salir fuera de jurisdicción de este Tribunal sin la autorización previa del mismo y la tercera, prohibición de sostener cualquier tipo de trato y/o comunicación en forma directa o indirecta con la ciudadana agraviada CARMEN LERIDA LIZARRAGA DE ESCALANTE. SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar lo solicitado por la Defensa del imputado, por cuanto se le impuso otras medidas cautelares adicionales a la solicita por la misma. TERCERO: Líbrese Boleta de Egreso del imputado antes identificado, al Centro de Detención Preventiva Carrizal del S.E.P.I.N.A.MI. CUARTO: Remítase las presentes actuaciones en su correspondiente oportunidad legal a la Fiscalía XV del Ministerio Público, a fin que continúe la investigación. QUINTO: Quedan notificadas las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal.
LA JUEZ

KENIA DEL CARMEN YÁNEZ
EL SECRETARIO


CARLOS IZARRA DIAZ


Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.

EL SECRETARIO


CARLOS IZARRA DIAZ



EXP. NRO. 1C-080/2004
KdelCY/CAID/yo*