REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
EXPEDIENTE NRO. 1C-156-2003
JUEZ: KENIA DEL CARMEN YANEZ
REPRESENTACIÓN FISCAL: BLANCA ZORAIDA RODRIGUEZ
IMPUTADO: ______________
DEFENSORA: MARIA PRINCIPE
SECRETARIO: ELIAS SILVERIO ALEJOS
Visto el escrito de solicitud de sobreseimiento definitivo con sus respectivos anexos, relacionados con la presente causa, proveniente de la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en la causa seguida por la presunta comisión de uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, al imputado ______________, representado por la Defensora Pública Dra. AMALIA SIFONTES HERRERA; sobre el particular se hacen las siguientes observaciones:
DE LA NARRATIVA
En fecha 29 de noviembre de 2003, se realizó la Audiencia de Presentación de los adolescentes ______________, previa solicitud del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Colectividad, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acto en el cual se acordó la imposición de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, prevista en el literales “c y d” del artículo 582 Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes en la obligación de presentarse cada ocho (08) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a partir del día lunes 01 de diciembre de 2.003 y prohibición de salir fuera de la jurisdicción de este Tribunal sin la autorización previa del mismo, ambas medidas hasta tanto culminare la investigación judicialmente, prosiguiéndose la investigación de las presentes actuaciones por los trámites del procedimiento ordinario.
En fecha 08 de diciembre del pasado año, se ACORDO remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que continuara con la investigación.
En fecha 17 de mayo del corriente año, se recibió la presente causa, procedente de la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, el cual tenía agregado el escrito de solicitud de sobreseimiento definitivo que hoy nos ocupa.
En fecha 18 de mayo de 2.004, se Acordó darle entrada a las presentes actuaciones y se ordenó notificar a las partes del recibo de las mismas.
DE LAS PARTES
La Representación Fiscal en su escrito de fecha 24 de octubre del año 2.001, señaló las circunstancias de modo, tiempo y lugar como practicaron la aprehensión del mencionado imputado también señaló que lo decomisado se trató de restos de vegetales y semillas de CANNABIS SATIVA, cuyo peso esta considerado como dosis de consumo personal, aunado a que del estudio psiquiátrico que se le realizó concluyó que el consultante es consumidor habitual de cannabinoides, por lo que solicito se decretara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Ahora bien, vistas y analizadas como han sido las presentes actuaciones, este Juzgado considera que están dadas las circunstancias previstas en el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, ya que ha quedado demostrado en autos que el imputado ______________, es consumidor habitual de CANNABIS SATIVA, de acuerdo a lo plasmado en la experticia psiquiátrica a que fue sometido este, y que en efecto la cantidad de la droga incautada, fue menor al limite establecido por el legislador, según se observa del resultado de la experticia botánica, PESO: DIEZ (10) GRAMOS CON OCHENTA (80) MILIGRAMOS, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEMIENTO DEFINITIVO y así se declara.
DISPOSITIVA
En virtud los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el literal “d” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del adolescente ______________, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36 de Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se niega la aplicación de medida de seguridad previstas en el artículo 76 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en contra del citado adolescente, por suponer una sanción. TERCERO: Se ordena el cese de las medidas cautelares, dictadas en contra del imputado por este Tribunal en fecha 29 de diciembre de 2.003. CUARTO: Remítase el presente expediente a la oficina del Archivo Judicial correspondiente, una vez la presente decisión quede definitivamente firme, bien por haberse agotado el tiempo sin que las partes hayan ejercido el recurso correspondiente o por haber transcurrido el lapso legal para interponerlo. Regístrese. Publíquese. Notifíquese a las partes. En la Ciudad de Los Teques a los treinta y un (31) días del mes de mayo año dos mil cuatro (2004). PROVEASE LO CONDUCENTE.
LA JUEZ
KENIA DEL CARMEN YANEZ
EL SECRETARIO
ELIAS SILVERIO ALEJOS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado
EL SECRETARIO
ELIAS SILVERIO ALEJOS
Expediente Nro. 1C- 156-2003
KdelCY/ESA/yo*.