REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO


AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
CAUSA N° 3C21860-04

JUEZ : DRA ISORA C. MARQUINA MÁRQUEZ
FISCAL: DR. ENRIQUE MARTINEZ GARROTE, FISCAL 8 DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSOR PUBLICO DRA. CAROLINA HERNANDEZ
VÍCTIMA : LA COLECTIVIDAD
SECRETARIA ABG. JESSICA J. PEREIRA CASTILLO
DELITO PESCA ILICITA.
IMPUTADO (S) PACHECO RUIZ ROSMAN ENRIQUE, CARMONA RIVAS VICENTE EMILIO.

En el día de hoy, Dieciséis (16) de MAYO de 2004, siendo las 1:30, horas de la tarde oportunidad fijada para realizarse la Audiencia de Presentación del (los) Imputado(s), en virtud de la solicitud interpuesta por el Fiscal 8 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Dr. (a) ENRIQUE MARTINEZ GARROTE, contra los ciudadanos: PACHECO RUIZ ROSMAN ENRIQUE Y CARMONA RIVAS VICENTE EMLIO Se dio inicio al acto y la ciudadana Juez de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, le informa a los imputados que tienen derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sino, el Juez le designará un defensor publico, los imputados manifiestan que tienen defensor, y encontrándose presente la defensora Pública: ABG. CAROLINA HERNANDEZ, una vez oída la designación de la abogada defensora, procede de conformidad con el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, a tomar el juramento de Ley. Declara abierta la audiencia y concede el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, quien manifiesta lo siguiente: “El Ministerio Publico comparece ante este Tribunal a fin de realizar audiencia de presentación, donde aparece como presuntos imputados los ciudadanos: PACHECO RUIZ RIOSMAN ENRIQUE Y CARMONA RIVAS VICENTE EMILIO, por encontrarse presuntamente incurso en el delito previstos en la Ley Penal del Ambiente, Pesca Ilícita , en el artículo 41 Solicito se decrete Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, tipificada en el artículo 256 ordinales 3ero y 9no del COPP, solicitó se decrete el procedimiento por ordinario de conformidad a lo establecido en el 373 ejusdem. Es todo”. Seguidamente el Tribunal impone a los Imputados del contenido del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los artículos 125 ordinales 1° y 9°, 131, 133 Y 136 por lo que tomara sus declaraciones por separado del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de que no están obligados a declarar en causa propia y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, se les explicó el hecho que se le atribuye con las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, el imputado manifestó su deseo de declarar, y libre de apremio y coacción. Acto seguido declara el imputado: PACHECO RUIZ ROSMAN venezolano, nacido el día 21-08-80, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.577.404, de 23 años, Soltero, de profesión un oficio: Pescador hijo de HAIDA RUIZ (V) Y NELSON PACHECO (V) domiciliado en: Paparo, calle Ferromar casa sin Número. Expuso: “Mi pueblo es pequeño y tenemos que llegar a eso a violar la Ley para conseguir el alimento, no evadimos a los policías ellos tiene un motor de 200 caballos y nosotros tenemos un motor de 8 caballos y nosotros nos entregamos y ellos nos insinuaron que quería dinero Inspector CESAR AUGUSTO ROMERO ha tenido problemas con todos los pescadores le trancaron las esposas a mi compañero duro, nosotros estábamos trabajando, yo tengo mi permiso”. Es todo el imputado: CARMONA RIVAS VICENTE EMILIO venezolano, nacido el día 17-07-67 titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.321.612 de 35 años, Soltero, de profesión un oficio: Pescador, hijo de JOSE A. CARMONA (F) Y EUGENIA RIVAS (V) domiciliado en: Paparo, calle Ferromar casa sin número expuso: “ lo que dice el ciudadano de que nosotros nos queríamos escapar es mentira ya que nosotros tenemos un motor de 8 caballos nosotros pescamos en los canales no en mar adentro ”. Es todo Seguidamente la defensa DRA. CAROLINA HERNANDEZ expone: “Solicito Medida Cautelar del artículo 3ero y 9no del C.O.P.P”..Es todo Seguidamente la ciudadana Juez expone ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENCIÓN BARLOVENTO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SE DECRETA: “Oída la exposición Fiscal y sus pedimentos así como los dichos de la Defensa decretó: PRIMERO: Se acuerda proseguir la Fase Preparatoria, por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos PACHECO RUIZ ROSAMN ENRIQUE Y CARMONA RIVAS VICENTE EMILIO , por la comisión de uno de los delitos contra el ambiente PESCA ILICITA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Penal del Ambiente. SEGUNDO: Se decretan Medidas Cautelares del artículo 256 ordinales, 3ero, y 9no debiendo presentarse cada 15 días ante la Fiscalía 6ta del Ministerio Público con sede en Higuerote, Tienen Prohibición de pescar en los Canales, SE Insta al Ministerio Público a que se le inicie averiguación al funcionario CESAR AUGUSTO ROMERO. Líbrese Boleta de Libertad. Quedan las partes notificadas.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. ISORA MARQUINA MÁRQUEZ

EL IMPUTADO


EL FISCAL

LA DEFENSA,

LA SECRETARIA

3C21860-04