REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
JUEZ SEGUNDO EN FUNCION DE EJECUCION




Guarenas, 26 de Mayo de 2004
194° y 145°


Exhorto: 2E315-99



Revisado el presente exhorto emanado del Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas de fecha 16-09-99, luego de solicitada información acerca del penado CARLOS SOJO MACHADO C.I. 14.453.127 y visto el oficio N° 295-04 de fecha 19-3-04, recibido en este Despacho el 25-03-04, emanado del Tribunal 12° de Primera Instancia en lo Penal de la misma Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual nos informan que al penado antes mencionado le fue otorgado el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en virtud de la solicitud N° 0191 proveniente del Tribunal de la causa principal, y visto que el mismo se encuentra en libertad y esta siendo vigilado por los tribunales de Área Metropolitana de Caracas y por cuanto el mencionado penado no ha comparecido ante este Despacho, ni por ante la Coordinación de Tratamiento no Institucional Región Capital con sede en caracas, según oficio N° 527-04 de fecha 31-03-04 el cual fuera informado a este Tribunal Segundo de Ejecución del estado Miranda. Es por ello que se acuerda remitir la presente compulsa o exhorto al Tribunal donde se encuentra la causa principal para que el mismo se anexado al expediente original y se revise la presente causa a fin de saber si en verdad el penado JUAN CARLOS SOJO MACHADO esta cumpliendo con el beneficio otorgado en su oportunidad y el cual le fue dado por el tribunal DUODECIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE AREA METROPOLITANA. Remítase el exhorto. Librese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ,

DRA. NANCY J. TOYO YANCY

LA SECRETARIA
ABOG. ALEJANDRA BONALDE


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-



LA SECRETARIA
ABOG. ALEJANDRA BONALDE