REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: PRIMERO: Se acuerda el procedimiento ordinario solicitado por el fiscal del Ministerio Público de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 278 del Código Penal. SEGUNDO Se tienen los hechos como flagrantes por encontrarse llenos los extremos del artículo 278 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: con respecto a las medidas cautelares solicitadas por el fiscal del Ministerio público considera este Juzgado que se evidencia que existe un hecho punible que amerita pena privativa de libertad y suficientes elementos de convicción para presumir que los ciudadanos YEIDER BENFElER FERNANDO ACEVEDO BAUTISTA titular de la cédula de identidad N| 18.270.656 y JESUS ALBERTO MORENO ALCANTARA titular de la cédula de identidad N° 15.830.123 fueron los autores de los hechos imputados, no obstante estima ésta Juzgadora que las finalidades del proceso pueden ser suficientemente satisfechas con la imposición de las medidas cautelares del ordinal 3°, la del ordinal 6° y ordinal 5° ambas del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación cada ocho (08) días por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial, prohibición de concurrir al lugar donde ocurrieron los hechos y de comunicarse con las personas de la comunidad donde ocurrieron los hechos