REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 09° del Ministerio Público en contra del Ciudadano HENRIQUEZ ALGARIN JAIRO NOEL, nacionalidad: venezolano, natural: Ocumare del Tuy, fecha de nacimiento: 11-11-1975, edad 28 años, de profesión u oficio chofer, de padres Henríquez Noel y Eleuteria Senovia Algorín, domiciliado en Charallave, sector Los Olivos, calle Solano, Casa Nro. 34 Edo. Miranda, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.598.956 y se ordena la apertura a juicio. En consecuencia se declara sin lugar la oposición efectuada por la defensa para la admisión de la acusación e inadmisible las excepciones opuestas dada la extemporaneidad de su ejercicio. Segundo: Por cuanto no fueron opuestas en su oportunidad ninguna excepción este tribunal no tiene materia sobre la cual decidir. Tercero: Se mantiene el estado de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Cuarto: Se admiten todos los medios de prueba presentados por el Fiscal del Ministerio Público dada la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de la prueba ofrecida, en consecuencia se declara sin lugar la oposición efectuada por la defensa para su admisión. Quedan las partes emplazadas a comparecer ante el Juez de juicio dentro de los Cinco días siguientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. Se instruyó al Secretario de este Tribunal para remitir al Tribunal de Juicio competente la documentación contentiva de las presentes actuaciones. Se convoca a las partes para que en un lapso común de cinco (05) días comparezcan ante el Tribunal de Juicio competente. El Tribunal se acoge al lapso de Ley para al Publicación de la Decisión. Librese el correspondiente oficio. Remítanse las actuaciones al Tribunal de Juicio correspondiente en el lapso de ley. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL.


DRA. FLOR ELIZABETH COLMENARES DE ROJAS.


EL SECRETARIO,


ABOG. JULIO BONNET.