REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la medida cautelar sustitutiva al ciudadano GERMAN RAMON HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, de 35 años de edad, natural de San José de Guarive - Edo. Guarico, nacido en fecha 8-10-1968, de estado civil Soltero, de oficio desempleado, residenciada en Barrio La Chivera, Sector El tanque, casa sin número. Charallave y titular de la cédula de identidad Nro. 13.380.205. Consistente en los ordinales 2° consistente en la presentación de dos (2) personas que se responsabilicen del comportamiento del imputado debiendo informar a este Juzgado cada treinta (30) días. Ordinal 3° presentaciones cada Quince (15) días por Seis (6) meses y ordinal 6° prohibición de mantener comunicación directa o indirecta con las víctimas todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena la reclusión del imputado en el Centro Penitenciario Metropolitano Yare II, hasta que cumpla con la medida impuesta. Líbrese Boleta de Encarcelación. Se insta al ministerio público a los fines que ordene un examen médico psiquiátrico al imputado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se dá por concluido el acto a las 15:00 horas del día.
El Juez de Control
Dra. FLOR COLMENARES
EL SECRETARIO
ABG. JULIO BONNET