REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero en funciones de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Miranda Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECRETA LA LIBERTAD CONDICIONAL DEL PENADO: MIJARES GIUSEPPE titular de la Cédula de identidad número : 13.218.641 antes identificado de conformidad con lo establecido en los artículos 64 de la Ley de Régimen Penitenciario , el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, articulo 24 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.-

Ofíciese lo conducente a la Dirección de Custodia y rehabilitación del recluso del Ministerio de Interior y Justicia y remítase copia certificada del presente auto.-

Notifíquese al fiscal del Ministerio Público con competencia penitenciaria y remítase copia certificada del presente auto.-

Notifíquese a la defensa pública penal YANETH SANTANA.-

Ofíciese a la Coordinación Regional de Tratamiento no institucional con sede en Caracas a los fines de que le designe un delegado de prueba y se le remita copia certificada del presente auto.-

Notifíquese a la Dirección del Centro de Tratamiento comunitario DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ y ordénesele de informar al penado que deberá comparecer a las veinticuatro horas siguientes del recibo de la presente con carácter obligatorio a fin de imponerlo de las obligaciones impuestas por el Tribunal e infórmesele que su incomparecencia podrá acarrear la revocatoria del beneficio .

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. AMARILYS DEL R. VELAZCO JIMENEZ

EL SECRETARIO
ABG. JOSE MORENO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO
ABG. JOSE MORENO

AV/jm
CAUSA: ML21-P-1999-000005