REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de noviembre de dos mil cuatro (2.004).

194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MARIO LUIS CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.036.961, sobre las mejoras y bienhechurias, sobre una parcela de terreno propiedad municipal, ubicado en barrio Pan de Azúcar, Sector La Cañada, Parte Alta, casa N° 52, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el solicitante, asistido por la abogado MAGGLY KARINA TORO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.680. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,



HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 40.016