REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; quince (15) de Noviembre de dos mil cuatro (2.004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos OMAR ANTONIO QUINTERO OLSEN y ANNE NATHALY QUINTERO OLSEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-11.818.255 y V-10.284.547 de este domicilio, de la de-cujus: ANNE BIRTE OLSEN, quien falleció Ab-intestato, en fecha 29 de Septiembre de 2004. Devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada en ejercicio FANNY MORA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°12.595. Déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/icbc/yd.
Exp. N° 40.559