REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 15 de noviembre de 2004
194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LEONOR MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.404.871, sobre las mejoras y bienhechurias, construidas sobre un lote de terreno cedido mediante contrato de enfiteusis por el Consejo Municipal del Distrito Páez del Estado Miranda, ubicado en el caserío Machurucuto; Municipio Pedro Gual, del Estado Miranda con un área de MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (1.200 mts.2), cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se encuentran debidamente señalados en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado ELENA MORA MONROY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.614. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,


HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



Exp. No. 40.593
HJAS/ICBC/fapa