REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dos (02) de noviembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana NATIVIDAD GONZÁLEZ, en donde consta la evacuación de testigos por ellla presentada ante el Juzgado del Municipio Zamora de esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración las ciudadanas ROJAS RIVAS LILIA MERCEDES y RONDON HERNANDEZ DEISY ANDREINA, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 40.563. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana NATIVIDAD GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.890.472, sobre las bienhechurias, consistentes en una casa construida sobre terreno propiedad del Municipio Zamora del estado Miranda, ubicada en calle principal Plazoleta del Bautismo, casa sin número, entrando al Rodeo, Municipio Zamora del Estado Miranda, con un area de DIECINUEVE METROS CON OCHENTA Y UNO CENTIMETROS (19,81 mts) de fondo y SIETE METROS CON VEINTE Y SEIS CENTIMETROS (7,26 mts) de frente, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la solicitante antes identificada. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.563
HJAS/ICBC/magaly