REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintidós (22) de Noviembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos TEODOMIRA EVANGELISTA RODRIGUEZ GOMEZ y RAMÓN JOSE OJEDA MATHEUS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.549.803 y 908.989 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un terreno ubicado en la comunidad Francisco de Miranda, Kilómetro 18, Carretera Panamericana, Casa N° 07, Jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el Abogado JUAN GONZALEZ LABRADOR, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 76.160. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,



HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



EXP. NRO. 04-40.621.-
HJAS/ICBC/Tamara.-