REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cuatro (04) de noviembre de dos mil cuatro (2.004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana MIRNA COROMOTO SÁNCHEZ, debidamente asistida de abogado, en donde consta la evacuación de testigos por el presentada ante el Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración los ciudadanos MANUEL MARIA HECERRA PALACIOS y CARLOS ENRIQUE GARCEZ, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 40.572. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MIRNA COROMOTO SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.721.079, sobre una bienhechuria, compuesta por una casa construida sobre un terreno propiedad del Municipio Ambrosio Plaza, ubicada en: casa S/N, en el sector Las Clavellinas del barrio Bolívar, calle los Topitos en Guarenas, Estado Miranda, tiene una parcela en área de terreno municipal de 117,57 mts aproximadamente, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la solicitante antes identificados, asistida por la abogado IRIS MELY LAMEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.073. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Corrijase foliatura
EL JUEZ,



HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.572
HJAS/ICBC/magaly