REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; ocho (08) de noviembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden prevenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana ISORA MILAGROS BARRIOS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.160.099, este Tribunal sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ISORA MILAGROS BARRIOS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.160.099, sobre unas bienhechurías construidas en UNA EXTENSIÒN DE TERRENO DE SU PROPIEDAD, UBICADA EN EL SECTOR DENOMINADO EL GUAMITO, VÌA LAGUNETICA, LOS TEQUES, JURISDICCIÒN DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO, ESTADO MIRANDA, cuyos linderos, medidas y especificaciones constan en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado ROGELIO MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.087. Déjese constancia en el Libro Diario que llevado por este Tribunal.
EL JUEZ
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nº 40.581
HJAS/ICBC/bd*