REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY, Ocumare del Tuy, veintidós (22) de Noviembre del Dos Mil Cuatro (2004).
194° y 145°
Por recibido el presente expediente proveniente del Juzgado de Municipio Urdaneta de la Circunscripcion Judicial del Estado Miranda, con sede en Cua, constante de Ciento Quince (115) folios utiles, en virtud de la apelación interpuesta por la ciudadana: MARIA DEL CARMEN TORRES DE SANTANA en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RAUL SANTANA BERTI, Inscrito en el Inpreabogado bajo N° 34.663, contra la sentencia definitiva dictada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN CUA, de fecha 14 de octubre del presente año, en el juicio que por RENDICIÓN DE CUENTA, sigue la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA TORRE “A” DEL EDIFICIO RESIDENCIAS VENEZUELA contra la ciudadana: MARIA DEL CARMEN TORRES SANTANA. El Tribunal acuerda darle entrada al mismo y procede anotarlo en los Libros respectivos bajo el N° 392-04, la Juez se avoca al conocimiento de la presente causa y de conformidad con el Artículo N° 517 del Código de Procedimiento Civil, se fija el VIGÉSIMO (20) día de Despacho siguiente a la presente fecha para que las partes presenten sus Informes, y si alguna de las partes informara, deberá dejarse transcurrir un lapso de OCHO (8) días de Despacho siguientes para la presentación de las observaciones, luego dentro de los SESENTA (60) días calendario siguientes al vencimiento del lapso anterior, se dictará sentencia. CUMPLASE.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
AGB. MANUEL GARCÍA.
AO/nelsa*
Exp. N° 392-04
hoy.
LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO
Abg.MANUEL GARCIA
AO/nelsa
EXP:392-04