REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de noviembre de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse HERNÁNDEZ FIDIAN ORLANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-1.759.943, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Sí lo conozco de vista, trato y comunicación, desde aproximadamente 15 años.- SEGUNDO: Sí, se y me consta que el ciudadano CLEMENTE VIDAL, construyó unas bienechurias con dinero de su propio peculio, en un terreno de su propiedad, y también me consta que las bienechurias tienen las características señaladas en la solicitud y que el terreno se encuentra ubicado en los linderos señalados. TERCERO: Si se y me consta que invirtió en las bienechurias la cantidad aproximada de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (10.000.000,00). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse DORTA LORENZO JUAN MANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-6.009.872, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogada acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Sí lo conozco de vista, trato y comunicación, desde hace 20 años.- SEGUNDO: Sí, se y me consta que el ciudadano CLEMENTE VIDAL, construyó unas bienechurias con dinero de su propio peculio, en un terreno de su propiedad, y también me consta que las bienechurias tienen las características señaladas en la solicitud y que el terreno se encuentra ubicado en los linderos señalados. TERCERO: Si se y me consta que invirtió en las bienechurias la cantidad aproximada de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (10.000.000,00). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T.
TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza.
Solicitud N° 20.532
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de noviembre de dos mil cuatro (2004)-.
194º y 145º
Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Brión y Eulalia Buroz del Estado Miranda, en fecha 27 de junio del 2001, bajo el N° 11, Protocolo Primero, Tomo 13; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano CLEMENTE DEL CARMEN VIDAL BENITEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-1.878.433, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza.
Solicitud Nº 20.532