REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
194º y 145º Los Teques, 25 de noviembre de 2004.
Recibida la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YESA L. GONCALVES DE ALFARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.334.762 respectivamente, por el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal; désele entrada en los libros respectivos, anótese bajo el Nº 14.931, y por cuanto de la revisión de la solicitud se evidencia que la misma está referida a la rectificación de partida de nacimiento del niño MARIO ALFARO GONCALVES y en virtud de que en fecha lº de Abril del año 2000 entró en vigencia la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente y constituida como se encuentra la Sala de Juicio a que se refiere el artículo 177 de la mencionada Ley, este Tribunal DECLINA la Competencia del presente procedimiento al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en consecuencia se ordena la remisión del expediente a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA ACC.,
MJFT/Eliana
EXP. N° 14.931
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veinticinco (25) de noviembre de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Firme como se encuentra el auto dictado en fecha 25 de noviembre de 2004, mediante el cual este Despacho declinó la competencia del presente asunto en el Juzgado del Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial y sede en Los Teques, se acuerda remitir el expediente adjunto a oficio al Tribunal antes mencionado. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC.,
MJFT/Eliana
Exp. Nº 14.416
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, LOS TEQUES.-
Los Teques, 25 de noviembre de 2004
194° y 145°
OFICIO No. 0855-2079
CIUDADANO:
JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle expediente original, signado con el Nº 14.931, constante de seis (06) folios útiles, contentivo de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YESA L. GONCALVES DE ALFARO, en virtud de la declinatoria de la competencia por la materia.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/Eliana
EXP. N° 14.931
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