REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, jueves veinticinco de noviembre de dos mil cuatro, siendo las 9:00 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los abogados RAMIRO OVIEDO ROMERO y ROSALBA GORDILLO GARCES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 58.557 y 35.439 respectivamente, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandante ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN JUDAS TADEO DEL ESTADO TACHIRA, e indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Carrocerías MIPRECA, ubicada en la vía principal de Las Vegas de Táriba, N° 10-07, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de SECUESTRO decretada sobre el vehículo de las siguientes características: Marca ford, modelo F-350 4x4, año 2004, color blanco, placa 130-VAR, serial carrocería 8YTKF37L248-A15533, serial motor N° 4-A15533, clase camión, tipo cabina, uso carga, propiedad de la Alcaldía del Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira, según consta del documento autenticado por ante la Oficina Notarial de La Fría, Estado Táchira, en fecha 13 de mayo de 2004, inserto con el N° 04, en el Tomo 23, del Libro de autenticaciones; medida ésta decretada en el juicio que se sigue por RESOLUCIÓN DE CONTRATO contra el ciudadano MARIO MARTINEZ en su carácter de Presidente de la firma mercantil INVERSIONES CONSTRUCCIONES Y ELECTRIFICACIONES EL NORTE C.A., expediente Nº 15.405-2004, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el agente policial ANIBAL LARAS, placa 2329; y designa como Perito Avaluador al ciudadano CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-1.555.677, y como Depositario al ciudadano JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO, titular de la cédula de identidad N° V-7.092.473, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, quienes estando presentes manifestaron aceptar el cargo y prestaron el juramento de Ley. Se encuentra presente la ciudadana GLORIA STELLA RODRIGUEZ DE PRECIADO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.179.926, en su condición de encargada del negocio, la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de treinta (30) minutos para que se comunique con el demandado de autos, con el fin de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la presente comisión conferida por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra al Perito designado, quien expuso: “El vehículo anteriormente descrito se trata de un camión, para uso como ambulancia de color blanco con franjas color naranja y logotipo en azul y verde que se lee: “Hechos y no palabras tu alcalde que si cumple “MONCHO”, y en las puertas con logotipo en color verde que se lee: “Alcaldía de Umuquena Estado Táchira”, dicho vehículo se encuentra en buen estado de latonería, pintura y tapicería, posee siete cauchos en buen estado, antena, equipo de sonido, dos espejos retrovisores, un triángulo de seguridad y dos cepillos limpia parabrisas, en la parte interna del furgón se observa que falta las butacas de los asientos y en la parte lateral izquierda posee un gabinete en madera y puertas de vidrios con correderas y fijas, así como un gabinete en madera, (porta-silla de ruedas), y posee pisos en óleo color negro con sus respectivas platinas; en su parte exterior se observa un depósito para bombonas de oxigeno y dos puertas para entrada y salida, igualmente posee una batería de 12 voltios marca Duncan 800 amperios, serial TS1579788, y posee un kilometraje de 001203; el aire acondicionado se encuentra en reparación, estando desarmado conjuntamente con la parrilla frontal y le falta el compresor del mismo, se desconoce el funcionamiento mecánico y posibles daños ocultos que pueda presentar el vehículo, razón por la cual lo avalúo prudencialmente en la suma de SESENTA MILLONES DE BOLIVARES, (Bs. 60.000.000,00), es todo”. En este estado el Tribunal declara legalmente SECUESTRADO el vehículo antes descrito, y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme en las condiciones antes descritas. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto y regresa a su sede a las 11:00 a.m Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. RAMIRO OVIEDO ROMERO
ABG. ROSALBA GORDILLO GARCES
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
ANIBAL LARAS
EL PERITO,
CARLOS ARTURO SÁNCHEZ
EL DEPOSITARIO,
JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO
LA NOTIFICADA,
GLORIA STELLA RODRIGUEZ DE PRECIADO
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO