REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 18 de noviembre de 2004
194° y 145°
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
IMPUTADO: ESCALANTE TORRES FELIX, titular de la cédula de identidad N° 9.202.981, de 44 años de edad, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido el 10/03/61, residenciado en Barrio La Macarena, Calle El Libertador, casa N° 33, Los Teques, Estado Miranda.
FISCAL: Dr. CIRO CAMERLINGO, Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Miranda.
DEFENSA: ELENA LUIS FERNANDEZ, Defensora Pública Penal del Estado Miranda.
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: CON LUGAR la revisión de la medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensora del imputado FELIX ESCALANTE TORRES, titular de la cédula de identidad N° 9.202.981. SEGUNDO: Sustituye la medida cautelar sustitutiva prevista en el ordinal 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal que pesa sobre el imputado, por la contenida en el ordinal 2 del referido artículo, la cual consiste en someterse al cuidado y vigilancia de dos personas determinadas, la que informará regularmente al Tribunal. Asimismo, se mantiene vigente la medida cautelar impuesta al imputado, prevista en los ordinales 3°, 5° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, vale decir, presentaciones cada quince (15) días ante la sede de este Tribunal por un lapso de seis (06) meses, prohibición de concurrir al lugar donde ocurrieron los hechos, prohibición de comunicarse con el ciudadano TEODORO TORREALBA LOYO.
Notifíquense a las partes, líbrese boleta de traslado, regístrese, publíquese, déjese copia.
La Juez
ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria,
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
Causa N° 2C-39245-04
RAO/HO/angela.-