REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
Guarenas, 20 de Noviembre del 2004
AUTO DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD
CAUSA N°: 2C-00287-04
JUEZ: DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ P.
FISCAL: DRA. IRIS FLORES, FISCAL DECIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSORA: DRA. CLEOTILDE HERNANDEZ
VICTIMAS: YESCARI MARIN, DEIYIBEL MARIN, KEILLYS SEPULVEDA, SCHEILA SEPULVEDA, ROSMELYS SEPULVEDA Y ANDREINA JAREN MARIN
SECRETARIA: ABG. KARLA SANTIN
DELITO: ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, ABUSO
SEXUAL A NIÑOS, ACTOS LASCIVOS VIOLEN-
TOS Y TRATO CRUEL
IMPUTADO: RAMGALBYS JESUS BORRERO PEREZ
El día Veinte (20) de Noviembre del 2004, tuvo lugar la Audiencia
Oral de presentación, del ciudadano; RAMGALBYS JESUS BORRERO PEREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.463.825, quien fue presentado por parte de la ciudadana IRIS FLORES, Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado MirandA, en virtud de Orden de Aprehensión dictada por éste Tribunal Segundo en función de Control, en fecha 19/11/2004, quien después de presentar en forma oral, las circunstancias de modo, tiempo y lugar, de los hechos, solicitó la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y calificó los hechos imputados dentro de los tipos penales, de los delitos de: ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, Y ACTOS LASCIVOS, previstos y sancionados en los Artículos 259 de La Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente y 377 del Código Penal, delitos estos cometidos en perjuicio de las adolescentes y menores YESCARI MARIN, DEIYIBEL MARIN, KEILLYS SEPULVEDA, SCHEILA SEPULVEDA, ROSMELYS SEPULVEDA Y ANDREINA JAREN MARIN. Una vez expuestas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, así como la presentación y discusión acerca de los elementos de convicción y desarrollada la Audiencia con base en los Principios de igualdad entre las partes, oralidad, inmediación y contradicción. De conformidad con lo pautado en los Artículos 44.1, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en los Artículos 250, 251, 252, 253 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, AL CIUDADANO; RAMGALBYS JESUS BORRERO PEREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-.11.463.825, nacido en fecha 22/11/72, de 31 años de edad, de profesión u oficio Auxiliar en Contabilidad, hijo de Alexis Borrero, y Yaraima Pérez, ambos (v), domiciliado: en Guarenas, Urbanización Villa Panamericana, Edificio Domuski, piso 15, apartamento 15-01, Estado Miranda; por la presunta comisión de los delito de, ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, ABUSO SEXUAL A NIÑOS, ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, Y TRATO CRUEL, los cuales se encuentran previstos y sancionados en los artículos, 260, 259 y 254 todos de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, y 377 del Código Penal. en perjuicio de las víctimas YESCARI MARIN, DEIYIBEL MARIN, KEILLYS SEPULVEDA, SCHEILA SEPULVEDA, ROSMELYS SEPULVEDA Y ANDREINA JAREN MARIN, La tipicidad de estos delitos la encontramos en los Artículos siguientes:
Artículo 259.-
“Quien realice actos sexuales con un niño participe en ellos, será penado con prisión de uno a tres años.
Si el acto sexual implica penetración genital, anal, u oral, la prisión será de cinco a diez años”
ARTICULO 260:
“Abuso Sexual a Adolescente, Quien realice actos sexuales con adolescente, contra su consentimiento, o partícipe en ellos, será penado conforme al artículo anterior”
ARTICULO 254:
“Quien someta a un niño o adolescente bajo autoridad, guarda o vigilancia a trato cruel, mediante vejación física o síquica, será penado con prisión de uno a tres años”.
ARTICULO 377 DEL CODIGO PENAL:
“En que valiéndose de los medios y aprovechándose de las condiciones o circunstancias que se indican en el artículo 375, haya cometido en alguna persona de uno u otro sexo, actos lascivos que no tuvieran por objeto el delito previsto en dicho artículo, será castigado con prisión de seis a treinta meses.
Si el hecho se hubiere cometido con abuso de autoridad, de confianza o de las relaciones domésticas, la pena de prisión será de uno a cinco años, en el caso de violencias o amenazas; y de dos a seis años en los casos de los ordinales 1° y 4° del artículo 375”
Considera este Tribunal que los elementos de convicción son los siguientes:
Primero: Con la denuncia Común de fecha 19 de noviembre del 2004, formulada ante La Sub-Delegación de Guarenas, por la Adolescente, MARIN ANDREINA KAREN, de 14 años de edad, quien entre otras cosas expone:
“Vengo a denunciar que el ciudadano Ramgalbys Jesús Borrero Pérez, pareja de mi mamá, porqué abusa sexualmente de mi, de mis dos hermanas y de mis tres primeas de nombres: YESCARY MARIN, DEIYIBEL MARIN, KEILLYS SEPULVEDA, SHEILA SEPULVEDA Y ROSMELY SEPULVEDA, mi mamá deja que él nos bañe y que para que aprendamos…Ramgalbys me encierra en un cuarto y me quita toda la ropa y me manosea y lo mismo hace con todas las antes mencionadas… hace actos lascivos con todas nosotras…”
Así como de la declaración rendida por ante éste Tribunal en fecha 20 de noviembre del año 2004, quien entre otras cosas manifestó “ Fui a la policía porque estaba en la casa, que me iban a pasar buscando por que la chiquitica le manifestó a la Directora que mi papá le estaba haciendo algo a ROSMERY, y eso le preocupó ala Psicopedagoga, la pareja de mi mamá, yo estaba en la casa, estaba jugando con él, él se metió en mi cuarto se quitó la ropa empezó a besarme por todo el cuerpo y empezó a meterme la mano por detrás, antes de que me pasara todo esto, yo me bañaba voluntariamente con él, conmigo ocurrió una vez pero con mis hermanas ocurrió varias veces, yo cuando salí al sala, la tenía el short puesto y él tenía el interior bajo y se le veían sus partes, yo no le comenté a mi mamá que no me quería bañar más con él, porque a lo mejor ella me iba a decir que me tenía que bañar con él, por que él era mi papá, mi mamá sabía que nos bañábamos con él…”
De la entrevista de la menor; YESCARY NAIRETH MARIN, de ocho (08) años de edad, quien entre otras cosas manifestó; Ramgalbis Borrero, varias veces me ha metido a bañar y me enseña su cosa (pene) y trató de besarme a la fuerza de tocarme y montárseme encima, él lo hace cuando estamos una o dos hermanas. Una vez me desvistió y se estaba haciendo así (frotándose el pene y le salió una cosa blanca y a mi me cayó en la barriga y a Rosmelys le cayó en la cara). Concatenada con lo manifestado en el Tribunal en fecha 20 de noviembre del año 2004, quien entre otras cosas manifestó:
“Tengo ocho (08) años, La Directora del Colegio, mandó a llamar a mi hermanita , yo creía que él era buena persona por eso estoy triste, yo confiaba en él, él es mi padrastro, él estaba jugando con Rosmeli, entró al cuarto y se desnudó, se empezó a tocar (el pene) y le salió cosita blanca, él se baño conmigo y me dijo que su abuela lo obligaba hacer cosas malas y por eso le gustaban los cuerpos de niñas, cuando eso me pasó se lo conté a mi hermana Karen. Una vez a Karen le dio una crisis, entonces ese día mi mamá llegó a la casa, y luego él y mi mamá, yo se lo conté y ella no me creyó, por que yo era la que estaba inventando eso, mi mamá me dijo que yo lo que quería era que se fuera mi papá …mi hermana me dijo que él intentó abusar de ella, eso me lo dijo mi hermana mayor Karen, yo no me bañaba todo el tiempo con él, a veces me bañaba sola, cuando nos bañábamos con él, se metían dos primero, luego se metían dos más y así… eso pasó una vez, lo que él se hizo en el pene, que le salió cosita blanca…”
De la entrevista realizada a la menor KELLY COROMOTO SEPULVEDA, de Díez (10) años de edad, quien entre otras cosas manifestó: “ Resulta que RAMGALBYS JESUS BORRERO, quien es el marido de mi tía Aracelis, me obliga que le bese en la boca una vez, me tomé una pastilla para el dolor de cabeza, él llegó y agarró una vaselina y se echó en su pene y me lo metió en mi recto, pasaron como dos meses, me fui al cuarto y me decía que me fuera a bañar con él yo no quería, pero me insistió que me metiera al baño con él o me iba a pegar, allí me iba a meter el pene otra vez en mi recto y yo lo mordí en la espalda , para que me soltara y le di una patada y me salí del baño y siempre en las noches cuando yo estaba dormida, como el cuarto donde dormimos, lo tenían con muchas cosas guardadas, dormimos todo en el mismo cuarto unos en colchonetas en el piso y mi tía y Ramgalbys, dormían en la cama con mi hermanita DEYIBEL,… él también le tocaba las partes íntimas a mis hermanas KAREN MARIN RIVAS, Y ROSMELY DEL VALLE SEPULVEDA MARIN, .. yo misma vi, cuando Ramgalbys, le estaba metiendo el pene en su totona (vágina) a ROSMELY y cuando él me vió se subió el short rapidito… varias veces le dijimos a mi tía Aracelys, porqué ella es quien no está cuidando a mis hermanas y a mi, … ella no nos creía, cuando se le decía lo que él nos hacia, nos respondía que era pura mentira de nosotras, pero ahora tuvimos que hablar con mi abuela materna y le contamos todo y ella nos trajo a éste Despacho…”Aunado a lo manifestado en éste Tribunal en fecha 20 de noviembre del año 2004; quien entre otras cosas manifestó “ Tengo 10 años, soy prima de las otras niñas, , mi mamá nos dejó con la abuela y mi tía nos trajo para Guarenas, y nos dijo que ella se podía hacer cargo de nosotras, ahora no vemos a mi papá … mi papá nunca nos hizo nada malo, el esposo de mi tía si me ha tocado la parte de arriba, eso ocurre cuando nosotros nos bañamos, antes me gustaba bañarme con él, ahora no… yo un día lo mordí en la espalda, por que estaba abusando de mi, él me tocó los senitos, pero abajo no me toco …”
De lo manifestado por la adolescente SHEILA JOHANA SEPULVEDA MARIN, quien entre otras cosa manifestó tener 12 años “yo vivo con mi tía Aracelis Marin, y su marido que es el señor RAMGALBYS BORRERO, también viven mis primas YESKARI, KAREN, Y DEYIBEL y mis hermanitas ROSMELYS Y KEILYS, el caso es que vinimos a poner la denuncia porque el señor RAMGALBYS, abusó de nosotras y mi abuela PETRA se enteró y se lo dijo a la Directora del Colegio VALLES DE MIRANDA, donde yo estudio y ella vino con nosotros para hacer la denuncia.. él me quitó la ropa y se me montó encima y sacándose la broma y me echó una cosa encima, pero no recuerdo bien, además estaba en interior como duerme siempre.. eso fue en la casa donde vivo… en la noche… no el no decía nada, pero me dio miedo y me dolió pero yo no podía moverme porque él me tenía agarrado los brazos y las piernas… nosotros vivíamos con mi papá, nosotros nos fuimos a vivir en la Villa, yo lo conocí como buena gente, estábamos durmiendo en el cuarto… Nosotros acomodábamos los colchones un día mi tía salió a hacer una diligencia y entonces después estábamos jugando con él, nos acostamos en la cama… él se quedó en el cuarto con Rosmery, el me metió su pene en la vagina hace algunos meses, le dijimos a mi tía y ella no nos quiso creer… mi papá verdadero nunca nos hizo daño …
De lo manifestado por la menor ROSMELYS DEL VALLE SEPULVEDA MARIN: de nueve (09) años de edad, quien en compañía de su representante legal manifestó: “Resulta que yo vivo, con mi tía Aracelis, y ella tiene un esposo de nombre RAMGALBYS, y con mis otras hermanas de nombres KEILLYS Y JOHANA y mis primas de nombres; YESKARIS, DEYLLIVEL Y KARE, en esta casa pasan muchas cosas, entre estas que RAMGALVYS, me hace daño, metiéndome la broma, esa del pájaro abajo en mi totona, y me besa en la boca y a veces me dice que me baje los pantalones para pegarme con una correa y el otro día él me bajó los pantalones y el tenia los interiores por abajo, y él me dice que le de besitos en la boca porque si se los doy en el cachete, me regaña … y me obliga a bañarme con él y en la noche pone dos colchones en el piso del cuarto… fue varias veces por mi totona y mi pompas y me dolió, … no se lo contaba a mi tía porque no me iba a creer… cuando me baño con él… me pone el pájaro en mi totona y me dice muchas cosas feas… aunado a lo manifestado al Tribunal; … él me toca, me metió el dedo y me dolió mucho, pero mi otro papá nunca me hizo nada, también me metió el dedo en el rabito, un día yo vi, cuando él se sacó esa cosita blanca y se la echó a KELLYS, cuando ella estaba acostada en la cama, yo estaba escondida en el closet, él me ha metido una cosa que es el pájaro , por delante y por detrás, el pájaro que echa espermita…
Segundo: De los Reconocimientos Médicos Legales practicados a; SEPULVEDA ROSMELY;
CONCLUSION:
Desfloración antigua
Violencia Anal reciente
Eritema Vulvar
DEYIBEL MARIN
CONCLUSION:
Violencia Corporal
Eritema Vulvar (enrojecimiento)
No hay Desfloración antigua
PRIVACION DE OCUPACIONES: DOS DÍAS
CARÁCTER: LEVE.
SHEILA SEPULVEDA
CONCLUSION:
Desfloración antigua
Eritema Vulvar
Tercero: con la declaración rendida por la ciudadana; PETRA MARTINEZ DE MARIN, quien entre otras cosas manifestó; “Eso de que el padre biológico de las niñas abusó de ellas, es mentira él no las tocó, yo las llevaba al Ginecólogo infantil y nunca les observó nada, yo me puedo hacer cargo de mis seis nietas, … mis nietas prácticamente vivieron conmigo hasta el año pasado, hasta que mi hija y éste señor (señaló al imputado) compraron el apartamento en la Villa Panamericana, …- ella tiene un año en la Villa, “
En Audiencia Oral celebrada este Tribunal Segundo de Control acordo decretar la Medida Privativa de Libertad de conformidad del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por estimar que existen fundados elementos de convicción suficientemente ya señalados además de que el hecho punible cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita y existe una presunción razonable de que la conducta desarrollada por el ciudadano RAMGALBYS JESUS BORRERO PEREZ, encuadra dentro de los preceptos legales que le atribuye el Ministerio Público, existiendo peligro de fuga y obstaculización en la búsqueda de la verdad, previsto y sancionado en el Artículo 251 ejusdem.
DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL CIUDADANO: RAMGALBYS JESUS BORRERO PEREZ, venezolano, titular de las Cédula de Identidad N° V-11.463.825, nacido el 22-11-1972, casado, de 31 años de edad, de profesión u oficio: Auxiliar en Contabilidad, hijo de ALEXIS BORRERO (V) Y YARAIMA PEREZ (V) domiciliado: Guarenas, Urbanización Villa Panamericana, Edificio Domuski, piso 15, apartamento 15-01, Estado Miranda; por la presunta comisión de los delitos de, ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, ABUSO SEXUAL A NIÑOS, ACTOS LASCIVOS VILENTOS Y TRATO CRUEL, previstos y sancionados en los Artículos 260, 250 y 254 de La Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, y 377 del Código Penal, en perjuicio de las víctimas identificadas en actas. Líbrese Boleta de Privación Preventiva de Libertad. Se ordena su detención en el Internado Judicial El Rodeo II. Líbrese los oficios correspondientes. DADO SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL DIA DE HOY VEINTE (20) DE NOVIEMBRE, DEL 2004. CUMPLASE
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS
LA SECRETARIA
ABOGADO. KARLA SANTIN
SEGUIDAMENTE SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO
LA SECRETARIA
ABOGADO. KARLA SANTIN
CAUSA N°: 2C00287-04