REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 5 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2004-001243
ASUNTO : MP21-P-2004-001243


ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2004-001243
ASUNTO ANTIGUO: 15-F9-0457-04-PM-I


IDENTIFICAION DE LAS PARTES


JUEZ: DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO. DR. CARLOS RESTREPO
VICTIMA: LA COLECTIVIDAD
IMPUTADO: ARIAS CAMACHO FRANKLIN ELIAS
DEFENSA PUBLICA PENAL: DRA MICHELL TATIANA SARMIENTO
SECRETARIO: ABG. SANDRA SATURNO



IDENTIFICACION DEL IMPUTADO



FRANKLIN ELIAS ARIAS CAMACHO, de nacionalidad Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.542.289, de 27 años de edad, nacido en fecha 02-02-76, natural de Santa Teresa del Tuy, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Cecilio Acosta, calle principal, casa sin número, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, hijo de MARIA CAMACHO (v) y de RAMON ARIAS (v).



ENUNCIACION DE LOS HECHOS

En fecha 03 de junio de 2004, se dictó orden de indicio de la presente investigación, por la fiscalía Auxiliar Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha 02 de junio de 2004, el funcionario CARLOS SANTANA, adscrito a la Brigada de Operaciones Especiales de la Policía Municipal del Municipio Autónomo Independencia, mediante la cual entre otras cosas dejó constancia de la siguiente diligencia: “…En esta misma fecha y siendo aproximadamente las 18:30 horas de la tarde, encontrándome en labores de patrullaje..en compañía del agente IVAN MARIN..nos percatamos de una persona de sexo masculino que vestía para el momento un bermuda de color beige, una franela de color blanca, quien al percatarse de la presencia policial optó una actitud nerviosa y evasiva..Logrando incautarle a la altura del bolsillo delantero de la bermuda..un envoltorio elaborado en material sintético de color negro contentivo en su interior de semillas y restos vegetales…quedando identificado como: ARIAS CAMACHO FRANKLIN ELIAS,

En fecha 03-03-2004, este Tribunal realizó la audiencia oral para oír al imputado de autos, donde en presencia de todas las partes y previo cumplimiento de las formalidades de ley, dictó el siguiente pronunciamiento: Se ordenó continuar con la investigación a través del procedimiento ordinario, se acordó la inmediata libertad del investigado.

Riela a los autos Acta levantada por este Tribunal en presencia de todas las partes, mediante la cual se dejó constancia de la presentación de una evidencia física que consiste en un envoltorio de color negro contentivo en su interior de restos vegetales y semillas droga.

Cursa a los autos decisión motivada de fecha 03-06-2004, dictada por este Tribunal.

Cursa a los autos Resultado de la Experticia Química N° 5394, de fecha 03-05-2004, suscrita por los expertos JOSEFINA MORENO Y EUSYS SAMAR SILVA, adscritos a la Dirección de Toxicológica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, cuya practica arrojó el siguiente resultado: CONTENIDO: Fragmentos vegetales de color pardo verdoso y semillas del mismo color de aspecto globuloso; PESO: Cuatrocientos (400) Miligramos; COMPONENTES: Marihuana (Canabis Sativa).

En fecha 01 de Noviembre de 2004, se recibió escrito de Solicitud de Sobreseimiento de la Causa seguida en contra del ciudadano ARIAS CAMACHO FRANKLIN ELIAS, presentado por el DR. CARLOS RESTREPO, Fiscal Noveno del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial , de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

FUNDAMENTACION DEL DERECHO
Analizadas minuciosamente las actas que conforman la presente investigación, se observa que si bien es cierto que en fecha 02 de Marzo de 2004, fue practicada la aprehensión del ciudadano ARIAS CAMACHO FRANKLIN ELIAS, por funcionarios policiales, adscritos al Instituto Autónomo Independencia de la Policía Municipal, que al practicarle la inspección de rigor, se le incautó en el bolsillo delantero del bermuda que vestía para el momento, un envoltorio elaborado en material sintético de color negro, contentivo en su interior de semillas y restos vegetales. Dicha sustancia al ser sometida a la Experticia Química respectiva, arrojó como resultado lo siguiente:CUATROCIENTOS(400) MILIGRAMOS de MARIHUANA( CANABIS SATIVA); no es menos cierto que a los autos consten suficientes elementos de convicción procesal para determinar a ciencia cierta que efectivamente al referido ciudadano se le haya incautado dicha sustancia ilícita, toda vez que solo consta la actuación de los funcionarios policiales aprehensores, más sin embargo en dicho procedimiento se omitió la presencia de testigos. Siendo además que los hechos por los cuales se produjo la aprehensión del referido ciudadano. Asimismo cabe destacar que el hecho por el cual se produjo la aprehensión del mencionado ciudadano, encuadra dentro del tipo penal de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Especial, observándose asimismo que el imputado de autos se acogió al Precepto Constitucional. Resultando así los hechos y aunado a que en la actualidad no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la presente investigación, que hagan factible solicitar el enjuiciamiento serio contra el ciudadano ARIAS CAMACHO FRANKLIN ELIAS, es por lo que quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es decretar EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Así mismo se ordena la incineración de la sustancia incautada, la cual consiste en 400 miligramos de MARIHUANA según se evidencia de la experticia Química realizada en fecha 03-06-2004, Signada bajo el N° 5394, suscrita por los expertos Josefina Morena Wuerner y Eusis Samar Silova, adscritas a la División de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística (CICPC), en consecuencia, notifiquese a las partes y líbrese oficio. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de la Primera Instancia en Función de Control N ° 2° del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extinción Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FRANKLIN ELIAS ARIAS CAMACHO, titular de la Cédula de Identidad N° 13.542.289, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Así mismo se ordena la incineración de la sustancia incautada, la cual consiste en 400 miligramos de MARIHUANA según se evidencia de la experticia Química realizada en fecha 03-06-2004, Signada bajo el N° 5394, suscrita por los expertos Josefina Morena Wuerner y Eusis Samar Silova, adscritas a la División de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística (CICPC), en consecuencia, notifiquese a las partes y líbrese oficio. Y ASI SE DECIDE.-


Regístrese, diaricese, notifíquese a las partes y reemítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, a los fines de su cuido y archivo. CUMPLASE.

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON

LA SECRETARIA

ABG. SANDRA SATURNO

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA

ABG. SANDRA SATURNO