REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ PROFESIONAL Nº 02


Los Teques, 24 de Noviembre de 2004
194º y 145º




Vistas las actas que integran el presente expediente, y vista igualmente la diligencia de fecha 23 de Noviembre de 2004, la cual corre inserta en el folio Nº (74), mediante la cual la Dra. Estrella Briceño, abogado en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 76.658, quien fuere Apoderada Judicial en este acto de la ciudadana: Gregoria Yaqueline Flores, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.678.376, DESISTE en todas y cada una de sus partes de la acción intentada en el presente expediente con motivo de Inquisición de Paternidad, en contra del ciudadano: Esteban Carlos Peña González, en beneficio del niño: Jean Carlos Obed; en virtud de que el mencionado niño FALLECIÒ accidentalmente, a causa de un Colapso Cardiorespiratorio. Ahora bien, siendo el DESISTIMIENTO un ACTO de AUTOCOMPOSICIÒN PROCESAL, efectuado por la parte, que conlleva como efecto a la extinción del proceso, y siendo que se encuentran llenos los extremos exigidos por la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho MECANISMO de AUTOCOMPOSICIÒN PROCESAL, y así se declara. En consecuencia, SE EXTINGUE EL PROCESO. Asimismo, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo, previa certificación. Cúmplase.-
EL JUEZ


DR. ROCCO OTELLO

LA SECRETARIA ACCIDENTAL


ABG. JENNIFER POLO






Expediente Nº 9562
Motivo: Inquisición de Paternidad
RO/JP/ds.-