REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES
Cumplido como ha sido, el lapso estado en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se ordena librar oficio a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de solicitar designación de Juez Especial, a los fines de que conozca de la Inhibición planteada por quien suscribe el presente auto, y en caso de ser declarada con lugar dicha inhibición, conozca del presente RECURSO DE HECHO, incoado por la ciudadana MAGALY ABREU DE ELJURI, contra la decisión de fecha 22 de junio de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito, en el juicio por INTERDICTO DE OBRA NUEVA, que sigue la recurrente contra los ciudadanos FLORENCIO RUIZ Y EVELIN MILIAN, que se sustancia en el expediente N° 04-5507, de la nomenclatura interna de este Juzgado Superior . Cúmplase.