REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 18 de octubre de 2004.
194º y 145º
Por recibida la presente solicitud, constante de quince (15) folios útiles; proveniente del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, signada con el Nº 10099, nomenclatura de ese juzgado, remitido mediante oficio N° 4191, de fecha 30 de agosto de 2004, con motivo de la declinatoria de competencia dictada por ese juzgado en esa misma fecha; désele entrada y anotación en los libros correspondientes bajo el 24.635. Asimismo, vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita y redactada por el abogado OSCAR BARROSO, inscrito en el INPREABOGADO con el N° 43.684, así como la Justificación promovida y evacuada ante el supra citado juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos ZORAIDA JOSEFINA AVILA DE MEZA y RAFAEL ENRIQUE BARRIOS RODRIGUEZ, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana EDI BEATRIZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.359.649, sobre las mejoras realizadas a las bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda, identificado en la Urbanización “Jose de San Martín”, distinguido con el N° 15 de la vereda 02 del Sector 01, jurisdicción del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con una superficie aproximada de treinta y cinco metros cuadrados (35 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,

ISABEL BLANCO CARMONA,

En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.

LA SECRETARIA,
HJAS/ibc/jenifer**
Exp. No. 40.481