REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, dieciocho (18) de octubre de dos mil cuatro (2004).-.
194º y 145º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada Maria De Los Dolores Regaldie De Salaño, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 80.819, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos ANGEL ROBERTO GONZALEZ PIRELA Y JOSE ALBERTO IGUAROS VALENTINE, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 249.455 y 4.246.869, respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a la ciudadana: JACINTA GUERRA RAMÍREZ DE RODRIGUEZ, viuda del de-cujus, quien es extranjera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. E-715.873, así como a los ciudadanos: JUAN RODRÍGUEZ GUERRA, MARIA DE JESÚS RODRÍGUEZ GUERRA, CARMEN ISABEL RODRÍGUEZ GUERRA Y FRANCISCO RODRÍGUEZ GUERRA, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 10.114.962, 6.269.808, 5.219.699 y 6.433.409, respectivamente, quienes son hijos del de-cujus. En la Sucesión de la ciudadano francisco Rodríguez Suarez, quien era de nacionalidad española, titular de la cedula de identidad No. E-673.129, quien falleció en fecha 18 de septiembre de 2.003, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.

LA SECRETARIA,
HJAS/icbc/gustavo
EXP. 40.493