REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veintisiete (27) de Octubre de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el Apoderado Judicial de la parte demandada abogado MIGUEL MARTÍNEZ SATURNO, Inpreabogado N° 17.416, de fecha 19-10-2004, contentivo de dos (02) folios útiles y un (01) anexo constante de cuatro (04) folios útiles, así como el escrito de pruebas presentado por el Abogado RAFAEL JOSE PALMA DELGADO, Inpreabogado No58-964, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, de fecha 20-10-2004, contentivo de dos (02) folios útiles y un (01) anexo constante de un (0) folio útil, y por cuanto se evidencia que por error involuntario los escritos de pruebas fueron agregados en forma incorrecta en el presente expediente, en consecuencia, se ordena el desglose de los mismos, agregar en forma correcta a los autos y su posterior corrección en la foliatura a fin de que surta sus efectos de Ley.-
CÚMPLASE.





LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.


EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.






AO/eleana*
EXP. N° 118-04