REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, seis (06) de Octubre de dos mil cuatro (2.004).

194° 145°

Vista la diligencia de fecha dos (02) de Septiembre de dos mil cuatro (2.004), suscrita por la abogado MARIA DEL CARMEN NUZZO SGAMBATO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.834, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano REINALDO CRISTINO BELLO GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 3.123.675 contra el ciudadano JULIAN VIVAS, titular de la cedula de identidad N° 3.123.204 y vista la consignación de los carteles librados al ciudadano JULIAN VIVAS y por cuanto la parte demandada no compareció dentro del lapso previsto en el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal, designa como Defensor Judicial de la parte demandada en este juicio, al ciudadano JOSÉ GREGORIO ESPAÑA, venezolano mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cedula de identidad N° 9.949.386, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.906, a quien se ordena notificar a objeto de que al SEGUNDO (2do) día de Despacho siguiente a que conste en autos su notificación comparezca por ante este Tribunal a manifestar su aceptación o excusa del cargo para el cual ha sido designado y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Líbrese Boleta de Notificación.
CUMPLASE.-




LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI


EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA



AO/magaly
Exp. N° 009-04




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY


Ocumare del Tuy, 06 de Octubre de 2.004.
194º y 145º


BOLETA DE NOTIFICACION:
SE HACE SABER:

Al ciudadano JOSÉ GREGORIO ESPAÑA, venezolano mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cedula de identidad N° 9.949.386, que ha sido designado Defensor Judicial del ciudadano JULIAN VIVAS, titular de la cedula de identidad N° 3.123.204, parte demandada en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO sigue por ante este Tribunal en su contra el ciudadano REINALDO CRISTINO BELLO GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 3.123.675, por lo que deberá comparecer por ante este Tribunal al SEGUNDO (2do) día de Despacho siguiente a que conste en autos su notificación, a objeto de que manifieste su aceptación o excusa del cargo para el cual ha sido designado y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificado.




LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI




NOTIFICADO: _____________________________
FECHA: ________________HORA:_____________



AO/magaly
EXP. N° 009-04