REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Seis (06) de Octubre del dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Por recibidas las actuaciones que anteceden, procedentes del Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa, conformado por una pieza constante de ciento noventa y siete (197) folios útiles, en su cuaderno principal, un (01) folio útil en el cuaderno de medida y veintitrés (23) folios útiles del Cuaderno Separado para la Tramitación de Cuestiones Previas, en virtud de la APELACIÓN interpuesta por el abogado MANUEL E. GALINDO B, Apoderado Judicial de la parte demandada, ciudadano GUALBERTO NESTOR BETANCOURT, titular de la cédula de identidad N° 8.315.456, contra la sentencia definitiva dictada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN CUA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), sigue en su contra el ciudadano ROLDAN ANTONIO MENDOZA, se le da entrada a las mismas, en los Libros respectivos bajo el No 329-04, la Juez se avoca al conocimiento de la presente causa y de conformidad con el Artículo N° 517 del Código de Procedimiento Civil, se fija el VIGÉSIMO (20) día de Despacho siguiente a la presente fecha para que las partes presenten sus Informes, y si alguna de las partes informara, deberá dejarse transcurrir un lapso de OCHO (8) días de Despacho siguientes para la presentación de las observaciones, luego dentro de los SESENTA (60) días calendario siguientes al vencimiento del lapso anterior, se dictará sentencia.
CUMPLASE.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA.
AO/eleana*
Exp. No 329-04