REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de octubre de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°
Recibido del Sistema de Distribución de Causa el presente expediente proveniente del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de la declinatoria por INCOMPETENCIA por la materia, el Tribunal les da entrada en el Libro de Causas bajo el N° 14710 y en consecuencia la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Por cuanto de la Inspección Judicial y del Justificativo de testigos acompañados a la referida demanda, hay constancia del despojo que dice haber sufrido los querellantes, ciudadanos CARMEN ROSA PEREZ BLANCO y LUIS JOSE REYES REYES, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, le exige la constitución de una garantía hasta por la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs 80.000.000,oo) que comprende el doble de la cantidad estimada en el escrito querellal, más la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.000.000,oo) en costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en un veinticinco por ciento (25%), lo cual arroja la cantidad de NOVENTA MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.90.000.000,oo), para responder por los daños y perjuicios que pueda causar su solicitud en caso de ser declarada sin lugar, dejándose constancia que una vez constituida, el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
EXP N° 14710
MJFT/Jenny.-