REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiuno (21) de octubre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha 19 de los corrientes, suscrita por el abogado en ejercicio RAMON NOE BELANDRIA CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 12.550, en su carácter de autos, mediante la cual renuncia a la prueba de informe solicitada según oficio 0855-1217, por las razones expuestas en su diligencia suscrita, y además solicita al Tribunal se fije hora y lugar para que tenga lugar la audiencia o debate oral, este Tribunal al respecto DISPONE: 1°) En cuanto a la renuncia de la prueba de informes antes indicada, este Tribunal imparte su aprobación y en consecuencia homologa el desistimiento formulado por la representación judicial de la parte actora; 2°) Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que aún no se ha verificado en el expediente las resultas de todas las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal deja constancia que una vez conste en autos la totalidad de las mismas, se proveerá sobre la fijación de la audiencia o debate oral mediante auto separado.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/ag
Exp.No. 13272