REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de octubre de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse SILVA ASCANIO ALEXANDER RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-12.161.927, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Sí la conozco de vista, trato y comunicación, desde hace más de 7 años. SEGUNDO: Sí sé y me consta que la ciudadana PÁNFILA LOLA STRUBINGER DE BRAVO, construyó esas bienechurias con dinero de su propio peculio y también se que las posee desde hace años. TERCERO: Si me consta que en las bienechurias invirtió la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (40.000.000,00), aproximadamente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES








-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse MARMOLE JOSE MANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-11.040.116, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogada acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Sí la conozco de vista, trato y comunicación, desde hace más de 20 años. SEGUNDO: Sí sé y me consta que la ciudadana PÁNFILA LOLA STRUBINGER DE BRAVO, construyó esas bienechurias con dinero de su propio peculio y también se que las posee desde hace años. TERCERO: Si me consta que en las bienechurias invirtió la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (40.000.000,00), aproximadamente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J FUENMAYOR T.

TESTIGO



LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MF/yza.
Solicitud N° 20.492









JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de octubre de dos mil cuatro (2004)-.
194º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 14 de agosto de 1970, bajo el N° 47, protocolo primero, tomo 01, así como la autorización emanada por las ciudadanas: MARIA STRUBINGER MARTINEZ, ISABEL M. STRUBINGER DE ROJAS, JULIA B. ESTRUVINGER MARTINEZ, GLORIA J. STRUBINGER MARTINEZ, TEODORA V,. STRUBINGER DE BARRIOS, VIOLETA LEOCADIA STRUBINGER DE PATTI, CARMEN D. STRUBINGER MARTINEZ; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana PÁNFILA LOLA STRUBINGER DE BRAVO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.971.377, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza.
Solicitud Nº 20492