REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA Y DEJA SIN EFECTO LA AUDIENCIA ORAL FIJADA PARA EL 18-10-04, EN CONSECUENCIA FIJA UN PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS CONTINUOS, al Fiscal del Ministerio Público, a los fines que presente el acto conclusivo a que hubiere lugar, por aplicación del articulo 553 del texto adjetivo penal vigente, en relación con lo establecido en el artículo 321 del reformado Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con lo dispuesto en el artículo 172 de la norma procesal penal.-
Notifíquese a las partes conforme al contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
LA JUEZ

DRA. ROSA AMARISTA DE OROPEZA.

LA SECRETARIA


ABG. GABRIELA PEÑA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Así lo certifico.-
LA SECRETARIA


ABG. GABRIELA PEÑA GONZALEZ



CAUSA: 2C7483-01
RAO/GPG/ag.-