REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 13 de Octubre de 2004.
194° y 145°
Causa: N° 3C-28187-04
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
Secretaria: Abg. Gabriela Peña González
Fiscal 12° auxiliar del Ministerio Público: Dr. Josmar Díaz Toledo
Defensa Pública: Dra. Nancy Rodríguez
Imputado: Rodríguez Alnar Nerio Gabriel
Delito: Robo Genérico; previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal.-

DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley: REVOCA las medidas cautelares sustitutiva de libertad, otorgadas por este Tribunal en fecha 14/01/2004, al ciudadano Rodríguez Alnar Nerio Gabriel, titular de la cédula de identidad N° V-17.532.620; y en su lugar se decreta Privación Judicial Preventiva de Libertad; establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 numeral Tercero, ejusdem; razón por la cual se ordena su inmediata reclusión en el Internado Judicial de la ciudad de Los Teques. Líbrese la correspondiente boleta de encarcelación y remítase con oficio al Jefe de la Unidad de aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Se declara Sin Lugar la solicitud de la Defensa.
Inclúyase nota secretarial en el libro de presentaciones, correspondiente al prenombrado ciudadano.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de la norma adjetiva penal.-
La Juez Tercero de Control

Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria


Abg. Gabriela Peña González

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-

La Secretaria


Abg. Gabriela Peña González
Causa 3C-28187-04
RER/rer