REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

D I S P O S I T I V A

Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, FIJA UN LAPSO PRUDENCIAL por el término de Sesenta (60) días para que la ciudadana Fiscal Segundo del Ministerio Público concluya la investigación en la causa 4C-833/99 seguida al ciudadano ACOSTA GONZALEZ JORGE WLADIMIR, residenciado en el Sector Palo Alto, cerca del Dispensario, CASA S/n, Los Teques Estado Miranda, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 12.303.483, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquese a las partes. Cúmplase con lo ordenado.-
El Juez

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
El Secretario

EDUARDO SÀNCHEZ


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El Secretario

EDUARDO SÀNCHEZ


JGHL/ES/msj
Causa N° 4C-833/99