REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO (S)
CAUSA N° 3C000207-04
JUEZ : DRA ISORA MARQUINA MARQUEZ
FISCAL: DR. ENRIQUE MARTINEZ, FISCAL 8va. DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSOR PUBLICO DRA. MERVY DELGADO
VÍCTIMA : LA COLECTIVIDAD
SECRETARIA ABG. FABIOLA GUERRERO
DELITO POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
IMPUTADO (S) PARRA FLORENCIO ELEATRO
En el día de hoy, Trece (13) de Octubre de 2004, siendo las 03:57 p.m oportunidad fijada para realizarse la Audiencia de Presentación del (los) Imputado(s), en virtud de la solicitud interpuesta por el Fiscal 8vo. del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Dr(a). ENRIQUE MARTINEZ, contra (el) los ciudadano (s): PARRA FLORENCIO ELEATRO. Se dio inicio al acto y la ciudadana Juez de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, le informa a los imputados que tienen derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sino, el Juez le designará un defensor publico, (el) los imputado (s) manifiesta(n) que tiene(n) defensor Público, y encontrándose presente el defensor Público: ABG. MERVY DELGADO. Una vez oída la designación del abogado defensor, procede de conformidad con el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, a tomar el juramento de Ley. Se declara abierta la audiencia y concede el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, quien manifiesta lo siguiente: “El Ministerio Publico comparece ante este Tribunal a fin de realizar audiencia de presentación, donde aparece (n) como presunto (s) imputado (s) el (los) ciudadano (s): PARRA FLORENCIO ELEATRO, por encontrarse presuntamente incurso (s) en el (los) delito (s) de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 36 DE LA LOSSEP. Solicito se decrete Medida Cautelar de Libertad, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 del COOP, se decrete el procedimiento Ordinario de conformidad a lo establecido en el artículo 373 ejusdem. Presento nueve (09) envoltorios de color azul envueltos en bolsa plástica, contentivos de presunta droga. Es todo”. Seguidamente el Tribunal impone al (los) Imputado (s) del contenido del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los artículos 125 ordinales 1° y 9°, 131 y 133 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de que no está (n) obligado (s) a declarar en causa propia y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, se le (s) explicó el hecho que se le atribuye con las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, los imputados manifestaron su deseo de declarar, y libre de apremio y coacción. Acto seguido pasa el Imputado a fin de ser oído, quedando identificado de la manera siguiente: PARRA FLORENCIO ELEATRO Venezolano, nacido el día 07-11-70, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.690.144. de 33 años, Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de Epiceno Parra (v) y Eleatro Serrano (f) domiciliado: Burguillo, Edo Miranda, calle el mango, frente a la bodega El Mango (dueña su mamá, expuso: “Yo soy consumidor”. Es todo. Seguidamente la defensa expone: “Solicito la libertad plena, por ende la libertad sin restricciones” Seguidamente la ciudadana Juez expone: “Oída la exposición Fiscal y sus pedimentos así como los dichos de la Defensa decreta: ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRIMERO: Se decreta la NULIDAD DE LA DETENCION, de conformidad con los artículos 190, 191 del COOPP. Y artículo 44.1 de CRVB. Se ordena librar oficio de libertad. Es todo.-
LA ….
….. JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. ISORA MARQUINA MARQUEZ
EL IMPUTADO
EL FISCAL
LA DEFENSA
LA SECRETARIA
ABG. FABIOLA GUERRERO
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