REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control N-01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, diecisiete de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : MP21-P-2004-002168


ACTA DE AUDIENCIA ORAL


JUEZ: CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES

FISCAL: NOVENO AUXLIAR DEL MINISTERIO PUBLICO DRA MARIA ELENA TIRADO

IMPUTADO: YAKSON HOWAR RENGIFO SILVA

DEFENSA: LUIS ALFREDO PEREZ

VICTIMA: LA COLECTIVIDAD

SECRETARIO(A): ABG.JOSE MORENO

En el día de hoy, 17 de Octubre de 2004, siendo las 12:00 horas del mediodía,hora fijada para que tenga lugar Audiencia Oral dada por este Tribunal Primero de Control, en el caso que se sigue contra el investigado YAKSON HOWAR RENGIFO SILVA , por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad. El Juez CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES, dio inicio a la misma requiriendo del secretario la verificación de la presencia de las partes y le informó que se encuentran presentes todas las partes. Seguidamente cedió la palabra al Fiscal quien narró los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y precalifico los hechos que dieron lugar a la aprehensión como del Delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Organica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, esto por orden de allanamiento solicitada por la representación Fiscal Séptima del Ministerio Público , por lo que solicitó la imposición de la Medida de Privación Judicial Prevenitva Libertad contenida en el artículo 250 ordinales 1° 2° y 3° Artículo 251 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal y la aplicación del Procedimiento Ordinario, todo lo cual fundamentó en su exposición verbal y en las actas que previamente consignó. Culminada la exposición del Ministerio Público, el Juez le leyó al imputado sus derechos procesales, y asimismo le impuso de la imputación fiscal y del Precepto Constitucional establecido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal penal. El imputado manifestó su deseo de Declarar, y facilitó al Tribunal sus datos de identificación personal de la siguiente manera: Nombre y Apellidos: RENGIFO SILVA YAKSON HOWAR , de Nacionalidad Venezolana, residenciado en Sector Caslle el Medio Calle Padre Esculpí casa numero 21 Ocuamre del Tuy Estado Miranda , nacido en fecha 23-11-1979 , de profesión u oficio OBRERO , de Estado Civil Soltero , de Padres: HIPOLITO RENGIFO(v) y YUDITH SILVA (v) y portador de la Cédula de identidad número : 14.838.082 expuso : Yo vivo alli, porque vive mi esposa y el envoltorio que consiguieron es mio , yo trabajo en el taller automotriz , y estudio en la Misión Rivas , que con respecto a distribución nunca he hecho eso es todo. Seguidamente el Juez cedió la palabra a la Defensa, representada por el Dr. LUIS AFREDO quien narro brevemente sus alegatos apartandose de la precalificación dada por el representante del Ministerio Publico ,solicito se haga un examen toxicologico al mismo ,la defensa va a solictar la imposición de una medida cautelar sustitutiva de libertad menos gravosa es decir del ordinal 3°del Art´ciulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal .Todo lo cual fundamentó en su exposición verbal. Oídas las partes, el juez anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal considera procedente que se continúen la investigaciones por los tramites del procedimiento ordinario por cuanto estima que aun existen actuaciones que practicar para el esclarecimiento de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 373 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 283 ejusdem; igualmente considera que se encuentran llenos los extremos del articulo 250 en sus ordinales 1°, 2° y 3°, pero en virtud de lo establecido en el articulo 256 se pueden imponer medidas menos gravosas en razón del daño causado en consecuencia se considera procedente la imposición de la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal; como es la presentación cada Ocho (08) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses . Librese boleta de Excarcelación.-ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadanoRENGIFO SILVA YAKSON HOWAR , de Nacionalidad Venezolana, residenciado en Sector Caslle el Medio Calle Padre Esculpí casa numero 21 Ocuamre del Tuy Estado Miranda , nacido en fecha 23-11-1979 , de profesión u oficio OBRERO , de Estado Civil Soltero , de Padres: HIPOLITO RENGIFO(v) y YUDITH SILVA (v) y portador de la Cédula de identidad número : 14.838.082, la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal; como es la presentación cada Ocho (08) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses Librese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia a las 12:18 horas del mediodía
El Juez Primero de Control


DR. CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES


EL SECRETARIO

ABG. JOSE MORENO

CB/JM