REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 13 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2004-002135
ASUNTO : MP21-P-2004-002135


ACTA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA

JUEZ: FLOR COLMENARES
FISCAL : LEONARDO ROSALES
SECRETARIO: OGLA BOTTO
IMPUTADO (S): LORCY MARIMON MARIMON y MARIELA DE JESUS GUAITA GAREGUA
DEFENSOR (A): LUIS ALFREDO PEREZ

En el día de hoy trece de octubre de dos mil cuatro, siendo las 04:50 PM, hora fijada para dar inicio a la Audiencia Oral de Calificación de Flagrancia solicitada por el (la) ciudadano (a) Fiscal 16 del Ministerio Público Abg. LEONARDO ROSALES. De seguidas el Ciudadano (a) Juez dió inicio al acto, concediéndole la palabra al ciudadano (a) Fiscal quien hizo una exposición breve de los fundamentos de su solicitud. Y asimismo solicitó la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Pena y la imposición de las medidas cautelares sustitutivas contenida en los numerales 3 y 6 del artículo 256 ejusdem por encontrarlas presuntamente incursas en la comisión del delito de LESIONES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. Seguidamente se le concedió la palabra al Defensor LUIS ALFREDO PEREZ , quien solicitó al Tribunal que se le tomara la declaración a su defendido, siendo así el ciudadano Juez le impuso el precepto constitucional a las ciudadanas imputadas y éstas se identificaron como LORCY MARIMON MARIMON y MARIELA DE JESUS GUAITA GAREGUA, titulares de la cédula de identidad Nº Indocumentada la primera y 16681092 la sugunda que vive en URB.MATA DE COCO OCUMARE DEL TUY BLOQUE No.-09 PISO No.02 APTO. 2003.- y URB.MATA DE COCO BLOQUE 10 PLANTA BAJA APTO.0001 y que es Estudiante y Ama de casa respectivamente quienes manifestaron lo siguiente: "No deseamos declarar" Posteriormente se le concedió la palabra al (la) ciudadano (a) Defensor(a) LUIS ALFREDO PEREZ quien solicitó:" Se evidencia de las actuaciones que hubo ruptura de vidrios y los mismos cayeron encima de la víctima y como hay laparticipación de mucha gente y en virtud de que la persona que rompió los vidrios y ocasionó la heridas no aparece señalada en las actuaciones y que en su momento será promovida a la fiscalía es por lo que me adhiero a la solicitud fiscal de imposición de las medidas 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo." Oídas como han sido las partes Este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Impone a las ciudadanas LORCY MARIMON MARIMON y MARIELA DE JESUS GUAITA GAREGUA, titulares de las cédulas de identidad Nº Indocumentada la primera y N° 16681092 la segunda, quines viven en URB.MATA DE COCO OCUMARE DEL TUY BLOQUE No.-09 PISO No.02 APTO. 2003.- y URB.MATA DE COCO BLOQUE 10 PLANTA BAJA APTO.0001 y que es Estudiante y Ama de casa respectivamente las medidas cautelares previstas en los numerales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, referidas a la presentación periodica cada quince (15) días por ante la oficina del Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal y sede durante seis (06) meses y la Prohibición de acercarse a la víctima. Líbrense las boletas de excarcelación correspondiente. Remítanse las actuaciones a la Fiscalía actuante en la oportunidad legal correspondiente. Quedan notificadas las partes de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara cerrada la audiencia. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ

DRA. FLOR COLMENARES
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

EL DEFENSOR PÚBLICO PENAL
EL IMPUTADO


LA SECRETARIA